Para la obtención de Licencias de Construcción existen las siguientes modalidades:
Corresponden a esta modalidad:
- La construcción de una vivienda unifamiliar de hasta 120 m² construidos, siempre que constituya la única edificación en el lote.
- La ampliación de una vivienda unifamiliar, cuya edificación original cuente con licencia de construcción o declaratoria de fábrica, y la sumatoria del área construida de ambas no supere los 200 m².
- La remodelación de una edificación, sin modificación estructural ni aumento de área construida.
- La construcción de cercos de más de 20 m hasta 1000 m de longitud.
- La demolición total de edificaciones, siempre que no constituyan parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación y de las que requieran el uso de explosivos.
- Las obras menores.
Corresponden a esta modalidad:
- Las edificaciones para fines de vivienda unifamiliar o multifamiliar de hasta 5 pisos, o condominios de vivienda unifamiliar o multifamiliar de hasta 5 pisos, siempre que el proyecto tenga un máximo de 3000 m². de área construida.
- La construcción de cercos mayores a 1000 m. de longitud.
- En esta modalidad no están comprendidas las edificaciones que constituyan parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación declaradas por el Instituto Nacional de Cultura – INC.
Corresponden a esta modalidad:
- Las edificaciones para fines de vivienda multifamiliar o condominios que incluyan vivienda multifamiliar de más de 5 pisos o más de 3000 m² de área construida.
- Las edificaciones para fines diferentes de vivienda, a excepción de las previstas en la Modalidad D.
- Las edificaciones de uso mixto con vivienda.
- Las intervenciones que se desarrollen en bienes culturales inmuebles, previamente declarados.
- Las edificaciones para locales comerciales, culturales, centros de diversión y salas de espectáculos que, individualmente o en conjunto, cuenten con un máximo de 30,000 m² de área construida.
- Las edificaciones para mercados que cuenten con un máximo de 15,000 m² de área construida.
- Locales para espectáculos deportivos de hasta 20,000 ocupantes.
- Todas las demás edificaciones que no se encuentren contempladas en las Modalidades A, B y D.
Corresponden a esta modalidad:
- Las edificaciones para fines de gran industria o industria básica.
- Las edificaciones para locales comerciales, culturales, centros de diversión y salas de espectáculos que, individualmente o en conjunto, cuenten con más de 30,000 m² de área construida.
- Las edificaciones para mercados que cuenten con más 15,000 m² de área construida.
- Locales de espectáculos deportivos de más de 20,000 ocupantes.
aquí un video donde se explica a detalle acerca de las licencias de construcción
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